Ley Nº 10988

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 10988

DECRETO-LEY N9 10988.

Crédito suplementario para habilitar la partida N9 95 44 Par a conservación y reparación de instalaciones de a-gua” del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de 1948.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La Junta Militar de Gobierno ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNC

Considerando:

Que es urgente regularizar el mayor egreso producido en la Partida N9 95, inciso “Conservación y reparación de instalaciones de desagüe”, del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de la República de 1948,

en liquidación;

Que la Superintendenncia del Servicio del Agua* Potable de Lima, en virtud de haber asumido la conservación

de las redes de desagüe de la Capital y Balnearios, ha efectuado obras de amr pllación y mejoramiento de las instalaciones de captación de agua, tratamiento y distribución, y de mejoramiento y ampliación de los desagües, de conformidad con el Presupuesto aprobado por

Resolución Suprema N9 599, de 23 de

i ,

octubre de 1948, ascendente a la suma

de S/o. 229,295.25;

Que este mayor gasto está sustentado en el mayor ingreso por concepto del recargo adicional del 10 % autorizado

l

sobre las pensiones de agua, abonable a la Partida N9 \ 64 del Pliego de Ingre-sos del Presupuesto General de la República de 1948, en liquidación;

i

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 79 y 1 89 de la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598;

De acuerdo con lo informado por la Contraloría General de la República y la Dirección General de Presupuesto;

En uso de las facultades de que está investida:/

Ha dado el Decreto-Ley siguiente: Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario por la

suma de DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTICINCO SOLES ORO Y VEINTICINCO CEN

TAVOS (S/o. 22,295.25), a fin de habilitar la Partida N9 95, inciso “Para conservación y reparación de instalaciones de agua’*,'del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de la República de 1948, en liquida-

ción.

Este Crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal de 1948, en liquidación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos cuarentinueve.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

General de Brigiada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.

Contralmirante Federico Díaz Dulan-to, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.

Teniente Coronel Marcial Merino, Ministro de Justicia y Trabajo.

Coronel lEmilio Pereyra Martquána, Ministro de Hacienda y Comercio.

Tenienfe Coronel Alfonso Llosa G. P., Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Coronel Juan Mendoza, Ministro de, Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General C. A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Carlos A. Miñano, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos cuarentinueve.

MANUEL A. ODRIA.

Emilio Pereyra.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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