Ley Nº 1096

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Tipo de Norma: Ley

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 01096

Res. Leg. N.° 1096

Instrumental para una banda de músicos en Chincha Alta

Lima, 28 de setiembre de 1909. Excmo. señor:

El Congreso ha resuelto exonerar del pago de derechos de importación, el instrumental destinado á Ja banda de músicos que ha formado la “Sociedad Mu-

• oí v de Socorros Mutuos”de Chincha sicai y ^

Alta.

í o comunicamos á V.E. para suconoci-éuto y demás fines.—Dios guarde á II11 g —Antero Aspíllaga.—Presidente i q Senado.—J. M. Manzanilla, Presi-lente de la Cámara de Diputados.—José Manuel García, Secretario del Senado.— ClementeJ. Revilla, Diputado Secretario.

\1 Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 29 de Setiembre de 1909.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese y publiques.— Rúbrica de S. E.—A. de la Torre González.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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