Tipo de Norma: Ley
Número: 10938
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10938DECRETO-LEY N 10938
Declarando la propiedad del Estado sobre los terrenos denominados “Pampas de Polanco,,J ubicados en el barrio de Miraflores, de la ciudad de Arequipa.
EL presidente de la junta
MILITAR DE GOBIERNO
Por cuanto:
La Junta Militar de Gobierno ha dado el siguiente DECRETO-LEY:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
Considerando:
«
Que por Decreto Supremo de 8 de octubre de 1946, el Gobierno ordenó la
creación de un Colegio Militar en la ciudad de Arequipa y la construcción del edificio en la extensión necesaria en
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los terrenos denominados “Pampas de Polanco”, estableciéndose que si dentro del área mencionada hubiera propiedad de terceros se declararía de necesidad y utilidad públicas su expropiación en cumplimiento de la Ley N9 9125;
Que dichos terrenos aparecen debidamente inscritos como propiedad del Estado en el Registro de la Propiedad de Arequipa, Tomo 91, fs. 302, Partida LXXV y a fs. 73, asiento número 53 del Tomo XIV del Margesí de Bienes Nacionales, por lo que a tenor de lo dispuesto en el inciso 4” del artículo 822 del Código Civil el Estado consolidó su derecho de propiedad sobre las “Pampas de Polancó”, conforme se acredita con la Resolución Suprema de 23 de diciembre de 1941, expedida por el Ramo de Hacienda y por la cual se afectó el uso de ellas al Ministerio de Guerra;
Que, en consecuencia, es improcedente admitir la declaración contenida en el Decreto Supremo de 8 de octubre de 1946 sobre supuestos derechos de terceros sobre el dominio de las “Pampas de Polanco”;
Decreta:
Artículo único.—Declárase que el Estado es el único propietario de loa terrenos denominado^ “Pampas de Polanco’*, ubicados en el barrio de Mira-flores, de la ciudad de Arequipa, inscritos a su favor en los libros del Registro de la Propiedad y que las expropiacio
nes autorizadas por el Decreto Supremo de 8 de, octubre de 1946, sólo se refieren a los propietarios Ricardo Ratti y
1 *
Sergio Arturo Huaco, que han acreditado título de propiedad ante el Juzgado respectivo.
Dado en la Gasa de Gobierno, en Li-
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ma, a los veinticuatro días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y
i
ochoGeneral de Brigada Manuel A, Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.
General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Güerra.
Contralmirante Roque A. Saldías, Ministro de Marina.
Contralmirante Federico Díaz Dulanto, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Teniente Coronel Augusto Villacorta, Ministro de Gobierno y Policía.
Teniente Coronel Marcial Merino, Ministro de Justicia y Trabajo.
Coronel Luis Ramírez Ortiz, Ministro de Hacienda y Comercio.
Teniente Coronel Alfonso Llosa G. P., Ministro de Tomento y Obras Publicas.
Coronel Juan Mendoza, Ministro de Educación Pública.
I
Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General C. A. P. José Villanueva, Mi-nistro de Aeronáutica.
Coronel Carlos Miñano, Ministro de Agricultura.
Por tanto:
Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
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Lima, 24 dé diciembre de 1948. MANUEL A. ODRÍA.
Juan Mendoza Rodríguez.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.