Ley Nº 10912

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 10912 DECRETO-LEY N’ 10912

Crtdkto supltmenta rio para habilitar la

Partida N° 181 del Pliego de Guerra del Presupuesto General de 1948

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Por cuanto:

La junta Militar de Gobierno en ejercicio de laá facultades de que está inves' tída ha dado el Decreto-Ley siguiente:

LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

Considerando:

Que es urgente atender al mayor gasto ele S¡o. 246,350.11, sobre la suma presupuestada en la construcción y arreglo del nuevo Cuartel de Moquegua;

Que la suma asignada a la partida N9 181, para construcción de Cuarteles”, dei PH ego de Guerra deL Presupuesto General de la República vigente, ha resultado insuiiciente para atender dicho ssrvicio;

De conlormidad con lo dispuesto en los artículos 17" y 18" de la Ley Orgá* nica de Presupuesto, N* 4 598;

Con lo informado por la Contrataría General de la República y la Dirección

dei Presupuesto;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

HA DADO EL DECRETO-LEY

SIGUIENTE i

Artículo único.—Autorízase al Ministerio de Hacienda y Comercio para abrir un Crédito Suplementario poT la suma de doscientos cuarentiseis mil trescientos cincuenta soles oro y once centavos

(S|o. 246,350.11), a fin de habilitar la partida N° 181, del Pliego de Guerra del Presupuesto General de la República en vigencia.

Este crédito será cubierto con cargo a los mayores ingresos que se obtengan en el ejercicio presupuestal del presente

Casa de Gobierno, en Lima, a lo» tres días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

General de Brigada Manuel A. Odría, Presidente de la Junta Militar de Gobierno.

Contralmirante Federico Díaz Dulan-to, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Teniente Coronel Augusto Villa corta, Ministro de Gobierno y Policía.

i

Teniente Coronel Marcial Merino, Mi' nistro de Justicia y Trabajo

General de Brigada Zenón Noriega, Ministro de Guerra.

Coronel Luis Ramírez Ortiz, Ministro de Hacienda y Comercio.

Teniente Coronel Alfonso Llosa G- P., Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Contralmirante Roque A. Saldías Ministro de Marina.

/

Coronel Juan Mendoza* Ministro de Educación Pública.

Coronel Alberto López, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.,

General C. A. P. José Villanueva, Ministro de Aeronáutica.

Coronel Carlos Miñano, Ministro de Agricultura.

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

MANUEL A. ODRIA.

Luis Ramírez Ortiz.

ano.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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