Ley Nº 10778

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 10778

LEY N9 10 778.

Creando un Juzgado de Instrucción en laprovincia de Ayabaca.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Pov cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—Créase un Juzgado de

Instrucción en la provincia de Ayabaca, del Departamento de Piura.

Artículo 29—Consígnese en el Presupuesto 'General de la República, a partir

del tiño 1947 ,1a partida necesaria para el sostenimiento y funcionamiento de dicho Juzgado.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa ra su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y siete.

José Gálvez, Presidente clel Senado.

Pedro E. Muñiz, Presidente de la Cámara de Diputados.

Alcídes Spelucín, Senador Secretario.

J, A. Haya de la Torre, Diputado Secretario.

Ál señor Presidente Constitucional de ia República.

Por tanto: mando se publique y cimv

nL.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li-

*

ma, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y siete.

J. L. BUSTAMANTE.José R. Alzamora.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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