Ley Nº 10689

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 10689

en Lude oc-v seis.

LEY N9 10689

Confirmando el ascenso a la clase de Almirante del Contralmirante de la Armada don Miguel Grau.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado }a ]ev siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la lev siguiente:

Artículo 19—C onfírmase el ascenso a la alta clase de Almirante, que la voluntad nacional ha concedido al Contralmirante de la Armada don Miguel Gran, en homenaje a su actuación durante Ja Guerra del Pacífico y a su glorioso sacrificio en Angamos.

Artículo 29—El texto de la presente lev se leerá el día 28 de octubre al inau-guiarse el Monumento e insertará en la Orden del Día de esa fecha correspondiente a las reparticiones de los Institutos Armados; y, anualmente, el día 8 d< octubre, en las ceremonias conmemorativas que se realicen.

Artículo 39— Grábese en bronce el texto de la presente ley en los Monumentos que la gratitud nacional levante al héroe de Angamos.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa-ra su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y seis.

José Gálvez, Presidente del Senado.

Pedro E. Muñiz, Presidente de la Cámara de Diputados.

L. F. Ganoza Chopitea, Senador Secretario.

J. A. Haya de la Torre, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, ma, a los veintiséis días del mes iubre de mil novecientos cuarenta

J. L. BUSTAMANTE.

Enrique Labarthe.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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