Tipo de Norma: Ley
Número: 1067
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01067LEY N.° 1067
Creación de nuevos empleos en el ramo de Correos
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso (le la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese el presupuesto extraordinario del ramo de correos, para 1909, las correspondientes
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.