Tipo de Norma: Ley
Número: 10606
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10606LEY N° 10606
Autorizando al Poder Ejecutivo para expropiar los terenos urbanos de la ciudad de Chilete que pertenezcan a The Peruvian Corporation, a don Nicolás Alva Castillo y a la Comunidad de Huertas.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto :
El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA.
Ha dado la ley siguiente :
Articulo Io -- Autorizase al Poder E-jecutivo para expropiar por razones de utilidad pública los terrenos urbanos que se hallen dentro del perímetro de la ciudad de Chilete y quie pertenezcan a The Perubian Corporation, Nicolás Alva Castillo y Comunidad de Huertas.
Articulo 2o — El Poder Ejecutivo, hecha la expropiación, cederá dichos terrenos a titulo de venta, a los que actualmente los ocupan, otorgándoles las facilidades de pago que crea conveniente.
Articulio 3o — El Poder Ejecutivo estará encargado de la reglamentación de esta ley e incluirá la partida necesaria para el cumplimiento de la misma en el Presupuesto General de la Repúbli-
Comuniquese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa de Congreso, en Lima, a los trece dias del mes de junio de mil novecientos cuarenta y seis.
José Gálvez, Presidente del Senado
F. León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcides Spelucin, Senador Secretario.
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto; mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintetres dias del mes de junio de mil novecientios cuarenta y seis.
J.L. BUSTAMANTE.
César Elias.
ca.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.