Tipo de Norma: Ley
Número: 10507
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10507LEY N9 10507
Disponiendo que los saldos sin aplicación de las partidas Nos. 170 y 172 del Pliego de Fomento del Presupuesto General de 1945, se inviertan en la terminación de la Iglesia de Chilete y en la reparación de la Iglesia de Contu-
mazá
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para empozar en la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación, los saldos sin aplicación de las partidas Nos. 170 y 172 del Pliego de Fomento y Obras Públicas del Presupuesto General de la República de 1945, los que se invertirán en la terminación de la Iglesia de Chilete y en la reparación de la Iglesia Üe Contumazá.
Fernando León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcide» Spelucín, Senador Secretario .
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario .
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: no habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 1299 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Hacienda y Comercio, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo de mil novecientos cuarenta y sei&~
Fernando León de Vivero, Presidente del Congreso.
Alcides Spelucín, Senador Secretario del Congreso.
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Carlos Manuel Cox, Diputado Secre-rio del Congreso.
Lima, 30 de marzo de 1946.
Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, M. Vásquez Díaz-
para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero de mil
novecientos cuarenta y seis. * *
Julio Ernesto Portugal, 29 Vice-Pre-sidente del Senado.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.