Tipo de Norma: Ley
Número: 10413
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10413Ejecutivo
LEY N9 10413
Mandando consignar partida en el Presupuesto para la terminación del Hospital de Policía
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Consígnese, anualmente, en el Presupuesto General da la República, a partir del año 1946, la suma de quinientos mil soles oro (S|o. 500,000.00), destinada a la terminación del ‘'Hospital de Policía”, ubicado en Magdalena del Mar y para dotarlo
del mobiliario, equipo y utensilios ne-
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cosarios a su completo y buen funcionamiento .
Comuniqúese al Poder para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a 10® dieciocho días del mes de febrero di
mil novecientos cuarenta y seis.
Jcsé Gálvez, Presidente del Senado*
F. León de Vivero, Presidente de la Cámara de Diputados.
Alcides Spelucín, Senador Secretario .
Carlos Manuel Cox, Diputado Secretario .
Al señor Presidente Constitucional de la República.
- por tanto: mando se publique y
cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos cuarenta y
seis.
J„ L. BUSTAMANTE.
M. Vasquez Díaz.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.