Ley Nº 1020

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1020


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 01020

LEY N.° 1020

Exposición nacional agro-pecuaria

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso ele Ir República Peruana H a dado la lev siguiente:

W O

Art. l.° Votase la suma de dos mil libras, para organizar una exposición nacional agro-pecuaria, que deberá tener lugar en la capital de la República, el año 1910.

Art. 2.° Consígnese con el indicado objeto en el pliego extraordinario de Fomento, del presupuesto general de la República, para 1909, la primera anualidad de mi libras.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplí* miento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treintiun días del mes de diciembre de mil novecientos ocho. — Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. —José Manuel García, Senador Secretario.— Lizardó Franco, Diputado Fro-Se-cretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. — Dado en la casa de Gobieino, en Lima, á los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos nueve. — A, B. Leguía —F. Alayza Paz Soldán.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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