Tipo de Norma: Ley
Número: 10183
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10183LEY N9 10183
Autorizando al Poder Ejecutivo para ceder al Concejo Provincial del Callao los terrenos sobrantes de los que fueron adquiridos para la apertura de la Avenida
Guardia Cbaíaca.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El C ongreso ha dado la ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Autorízase al Poder Ejecutivo para ceder gratuitamente al Concejo Provincial del Calla o su dominio sobre los terrenos sobrantes de los que fueron adquiridos para la apertura de la Avenida Guardia Chalaca con excepción de dos lotes que designará el Gobierno para ser dedicados a locales escolares.
Artículo 29—Otorgada la titulación respectiva por el Supremo Gobierno at Concejo Provincial del Callao, e inscrito en el Registro Público el dominio municipal, queda facultado el Concejo adquiriente para vender en pública subasta e individualmente, los terrenos mencionados, ante la Junta de Almonedas Departamental, siguiendo los procedimientos usuales sin otra modificación que la cíe ser potestativo de dicho Concejo conceder preferencia por el tanto a los colindantes.
Artículo 39—El producto de las subastas será destinado por el Municipio del Callao exclusivamnte a obras de pavimentación, embellecimiento de la Avenida Guardia Chalaca y de la zona de influencia de la misma.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
E. Diez Canseco, Presidente del Senado.
Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.
Rómulo Jordán C., Senador Secretario.
J. Teves Lazo, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y cinco.
MANUEL PRADO.
Julio L. East.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.