Tipo de Norma: Ley
Número: 10166
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10166LEY N 10166
Crédito extraordinario para atender a los gastos que demande el restablecimiento del alumbrado público en la ciudad de Moho.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Autorízase a 1 Poder Ejecutivo para abrir un crédito extraor-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.