Ley Nº 10156

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Tipo de Norma: Ley

Número: 10156


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 10156

LEY N9 10156

Elevando a la categoría de ciudad la villa de San Benito y el pueblo de Chile-te, de la provincia de Contumazá.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

bL bUINUKbÜU UL JL/\ KLrUDLlV.A

PERUANA

Ha dad o la ley siguiente:

Artículo único.—Elévanse a la categoría de ciudad, la villa de San Benito y el pueblo de Chilete, capitales, respectivamente, de los distritos de sus nombres, pertenecientes a la provincia de Contumazá, del departamento de Caja-

marca.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, pa

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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