Ley Nº 10107

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 10107

LEY N* 10107

Autorizando al Poder Ejecutivo para modificar las tasas de la tarifa de derechos de importación de artículos de vidrio, cristales, papeles, cartones, ar*

tículos relacionados con la industria

gráfica y cemento.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente;

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—El Poder Ejecutivo, en forma que consulte mejor los intereses del Fisco y de las industrias nación es podrá modificar las tasas de la tarifa de derechos de importación.

a) .—De artículos de vidrio y cris tales en sus diversas clases y condicio ncs;

b) .—De papeles y cartones en sus diversas clases y condiciones, con excep ción del papel de imprenta que conti nuará libre de impuestos; y

c) .—De artículos relacionados con la industria gráfica, incluyendo material impreso.

Artículo, 29—El Poder Ejecutivo po drá reducir la tasa de la tarifa de dere chos de importación del cemento en forma que facilite la construcción míen tías que lti industria nacional no produz

ca lo necesario para el consumo de la República, y en condiciones que no entorpezca la venta normal del producto nacional.

Artículo 39—El Poder Ejecutivo dará cuenta en el próximo Congreso Ordinario del uso que haga de esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

E. Diez Canseco^ Presidente del Senado.

Carlos Sayán Alvarez, Diputado Presidente.

Rómulo Jordán C., Senador Secretario.

J. Teves Lazo, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Por tanto: mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

MANUEL PRADO.

Manuel C. Gallagher.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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