Ley Nº 1001

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1001


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 01001

LEY M.° 1001

Supresión de varias partidas del presupuesto general, destinadas al Tribunal Mayor de Cuentas

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la le\T siguiente:

El Congreso de la República Peruana, Ha dado la lev siguiente:

O

Artículo único.—Suprímense en el presupuesto general de la República, los egresos referentes al Tribunal Mayor de Cuentas, consignados en las partidas N.° 5,037 al 5,04-8 H, inclusive, }T las N.° 5,492 y 5,493.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los treintiun días del mes de diciembre de mil novecientos ocho. —Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente.—José Manuel García, Senador Secretario.—Mario Sosa, Diputado Secretario.

AlExcmo.Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.—Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos nueve.—A. B. Leguía.—E. I. Romero.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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