Tipo de Norma: Ley
Número: 10008
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10008LEY N9 10,008
Elevando a la categoría de ciudad la villa de Llama, de la provincia de
Chota.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Elévase a la categoría de ciudad, la villa de Llama, capital
del distrito del mismo nombre, en la crovincia de Chota.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.