Ley núm. 9453

Creando impuestos a la fruta y al arroz en la provincia de Camaná, para obras públicas y saneamiento de la citada provincia.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 9453, de 5-12-1941.- Que crea impuestos de cinco centavos (S/. 0.05) por cajón de fruta que se exporte de la provincia de Camaná, y de veinte centavos (S/. 0.20) por quintal de arroz pilado que se retire de los molinos de la misma. (...) (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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