Ley núm. 8967

Haciendo extensivo a los puertos y caletas de la provincia de Islay el impuesto de muellaje al petróleo establecido por la Ley Nº 7847, a razón de S/o. 2.50 por tonelada que actualmente se paga, con d

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 14767

Quedan derogadas las Leyes números 7847 y 8967, así como todas las disposiciones que se opongan a la presente ley. (Artículo 3º).

Fecha: 26 de Diciembre de 1963

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



Ver Ley núm. 8967

PDF Ley núm. 8967

Ver Ley núm. 14767

PDF Ley núm. 14767

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


Este sitio usa imágenes de Depositphotos