Ley núm. 8270

Estableciendo un impuesto al café en las provincias de San Martín, Huallaga y Lamas, con destino al sostenimiento del Colegio Nacional de Tarapoto.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 8270, de 14/5/1936.- Que crea un impuesto de ciencuenta centavos (S/. 0.50) por quintal de café cerezo o pilado que se produzca en las provincias de San Martín, Huallaga y Lamas. (...) (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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