Ley núm. 6561

Consignando partida para la construcción en San Miguel, provincia de La Mar, de un hospital que se denominará "Carmen de Leguía".

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 17046

Suprímense, a partir de la promulgación de la presente ley, los siguientes impuestos, gravámenes y arbitrios locales, cuyas respectivas leyes de creación, nacionales y regionales, así como sus modificatorias, quedan igualmente derogadas: Ley Nº 6561, de 10/2/1929.- Que crea impuestos de cincuenta centavos (S/. 0.50) por cada arroba de coca; de veinte centavos (S/. 0.20), por cada arroba de café; y de diez centavos (S/. 0.10), por cada arroba de chancaca, que se exporten de la provincia de La Mar. (Artículo 1º)

Fecha: 04 de Julio de 1968

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



Ver Ley núm. 6561

PDF Ley núm. 6561

Ver Ley núm. 17046

PDF Ley núm. 17046

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


Este sitio usa imágenes de Depositphotos