Ley num. 24801

El Presidente de la República, Senadores, Diputados, Ministros de Estado, Viceministros y otros funcionarios, formularán declaración jurada de bienes y rentas .

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 27482

Deróganse la Ley Nº 24801 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 138-88-PCM y todas las disposiciones que se opongan a esta Ley. (Primera Disposición Final y Transitoria)

Fecha: 15 de Junio de 2001

En el gobierno del presidente Valentín Paniagua Corazao



Ver Ley num. 24801

PDF Ley num. 24801

Ver Ley núm. 27482

PDF Ley núm. 27482

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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