Ley num. 23512

En todos los cementerios públicos de la República se reservará un área suficiente, para permitir que en forma gratuita familias sin recursos económicos, puedan cumplir con dar sepultura a aquellos de

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 26298

A partir de la vigencia de la presente Ley, derógase los Artículos 85, 86, 87, 88 y 91 del Decreto Ley Nº 17505, Ley Nº 23512, Ley Nº 24944, Decreto Supremo Nº 012-86-PCM, Resolución Viceministerial Nº 0164-87-SA/DVM y todas las disposiciones legales que se opongan a la presente ley. (Segunda Disposición Transitoria y Final)

Fecha: 28 de Marzo de 1994

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Ley num. 23512

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Ver Ley núm. 26298

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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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