Norma: Ley
Conforme a lo establecido en el Artículo anterior, deróganse las siguientes disposiciones: la Ley Nº 23323, y la Octava Disposición Complementaria delDecreto Legislativo Nº 757, referidos a la Boleta Única del Litigante y al Fondo Mutual del Abogado. (Artículo 2º, inc. a)
Fecha: 28 de Diciembre de 1992
En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori
Ver Ley num. 23323
PDF Ley num. 23323Ver Decreto Ley núm. 26092
PDF Decreto Ley núm. 26092Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)