Ley num. 16960

Presupuesto del Sector Público Nacional del 1 de Abril de 1968 al 31 de Marzo de 1969.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 25734

A partir del 1 de julio de 1993, quedarán invalidades las Libretas o Cédulas Tributarias en poder de sus titulares. Desde dicha fecha, queda derogada la Ley Nº 16960 y los Decretos Supremos Nºs 128-68-HC, 064-69-HC, 450-84-HC, 361-86-EF, 119-89-EF, 219-89-EF, así como cualquier otro dispositivo que se oponga al presente Decreto Ley. (Artículo 7º).

Fecha: 24 de Setiembre de 1992

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Ley num. 16960

PDF Ley num. 16960

Ver Decreto Ley núm. 25734

PDF Decreto Ley núm. 25734

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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