Ley num. 15738

Excluyendo de lo dispuesto por la Ley Nº 8433, al Sindicato de Estibadores del Cabotaje Mayor del Callao.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 18776

Derógase la Ley Nº 15738, y en consecuencia, todos los Estibadores del Puerto del Callao, que se matricules con posterioridad a la vigencia del presente Decreto Ley quedan comprendidos en el régimen de la Caja Nacional del Seguro Social Ley Nº 8433 y conexas. (Artículo 1º).

Fecha: 05 de Febrero de 1971

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



Ver Ley num. 15738

PDF Ley num. 15738

Ver Decreto Ley núm. 18776

PDF Decreto Ley núm. 18776

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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