Ley num. 15119

Disponiendo que los haberes de los defensores de oficio de los Tribunales Correccionales, no sean menores que el de los relatores de las Cortes Superiores a que pertenecen.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 27019

Deróganse los 298, 299, 300, 301, 302 y 303 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, D.S.Nº 017-93-JUS la Ley Nº 15119, así como toda norma legal que se oponga a la presente Ley. (Segunda Disposición Final).

Fecha: 23 de Diciembre de 1998

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Ley num. 15119

PDF Ley num. 15119

Ver Ley núm. 27019

PDF Ley núm. 27019

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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