Ley núm. 11975

Modificando los artículos 21º y 32º de la Ley Nº 6126, del Banco Central Hipotecario del Perú

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 15143

Derógase la Ley N° 11975, el artículo 21° y el inciso g) del artículo 32° de la Ley N° 6126 y todas las demás disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente ley. (Artículo 8°).

Fecha: 22 de Setiembre de 1964

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



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Ver Ley núm. 15143

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Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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