Ley núm. 11725

Disponiendo que los empleados al servicio de entidades particulares, con 30 años de servicios prestados a una misma entidad, tendrán derecho a una bonificación equivalente al 30% del haber.

Norma: Ley


Derogado por Decreto Legislativo núm. 688

Deróganse los artículos 3 y 5 de la Ley Nº 4916, las Leyes Nºs 11725, 13002, 23643 y 24504, así como todas aquellas que se opongan a la presente Ley. Déjase sin efecto la Resolución Suprema Nº 036-90-TR de 27 de noviembre de 1990 y el Decreto Supremo Nº 078-90-TR de 19 de diciembre de 1990. (Sétima Disposición Transitoria y Final)

Fecha: 05 de Noviembre de 1991

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Ley núm. 11725

PDF Ley núm. 11725

Ver Decreto Legislativo núm. 688

PDF Decreto Legislativo núm. 688

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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