Ley núm. 10811

Estableciendo impuestos por concepto de servicios portuarios a la mercadería que sea cargada o descargada por todos los puertos de la República.

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 18027

Deróganse las disposiciones que se opongan al presente Decreto-Ley y, a partir del 1º de enero de 1970, las Leyes Nos. 9777, 10811 y 12533, los Decretos Supremos de 6 de marzo de 1942 y Nº 12 del 30 de diciembre de 1963 y las Resoluciones Supremas Nos. 32 y 52 de 29 de noviembre de 1955 y 18 de junio de 1956, respectivamente. (Artículo 30º).

Fecha: 17 de Diciembre de 1969

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



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Ver Ley núm. 18027

PDF Ley núm. 18027

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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