Ley núm. 10016

Creando impuestos al tránsito de mercaderías por el puerto de Pisco, con el objeto de llevar a cabo la construcción de obras portuarias en Pisco; y una vez terminadas esas obras, se entregará el 30% a

Norma: Ley


Derogado por Ley Nº 10811

Derógase las Leyes Nos. 6050, 8570, 8573, 9454, 10016, 10169, 10048 y 10348, debiendo aplicarse a los fines señalados en el artículo 3º el producto de los gravámenes creados por dichas leyes y que aùn no hubieran sido afectados al pago de alguna obra en proceso de ejecución. (Artículo 6º)

Fecha: 17 de Diciembre de 1969

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



Ver Ley núm. 10016

PDF Ley núm. 10016

Ver Ley núm. 10811

PDF Ley núm. 10811

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


Este sitio usa imágenes de Depositphotos