Decreto Ley num. 21248

Los jubilados, cesantes o retirados podrán laborar sin dejar de recibir pensión

Norma: Decreto Ley


Derogado por Ley Nº 23329

Derógase el Decreto Ley N° 21248. (Artículo 1°).

Fecha: 03 de Diciembre de 1981

En el gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry



Ver Decreto Ley num. 21248

PDF Decreto Ley num. 21248

Ver Ley núm. 23329

PDF Ley núm. 23329

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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