Decreto Ley núm. 10969

Ampliando el Decreto-Ley Nº 10957 en el sentido de que el recargo del precio de venta de la gasolina en el Callao, lo harán todas las Compañías expendedoras de dicho producto; quedando exceptuados los

Norma: Decreto Ley


Derogado por Ley Nº 19639

Derógase las disposiciones siguientes: Ley Regional Nº 589 de 20 de setiembre de 1922, Ley Nº 10957 y Decreto Ley Nº 10969, referidas al gravamen a las gasolinas que se consuman en la Provincia Constitucional del Callao. (Artículo 9º).

Fecha: 07 de Diciembre de 1972

En el gobierno del presidente Juan Velasco Alvarado



Ver Decreto Ley núm. 10969

PDF Decreto Ley núm. 10969

Ver Ley núm. 19639

PDF Ley núm. 19639

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


Este sitio usa imágenes de Depositphotos