Decreto Ley N° 19987

Municipios del país harán inscripción de nacimientos sin mediar declaración

Norma: Decreto Ley


Derogado por Ley Nº 26497

Derógase los Decretos Leyes Nºs. 19987 y 26127, los Artículos 78, 79, 80 y 81 del Código de los Niños y Adolescentes, aprobado mediante el Decreto Ley Nº 26102, los Artículos 70, 71 72, 73, 74, 75, 2030, 2031, 2032, 2033, 2034 y 2035 del Código Civil aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295, la Ley Nº 25025, el Decreto Supremo Nº 008-90-JUS, el Decreto Supremo Nº 043-93-JUS y todas las demás disposiciones que se opongan a la presente ley. (Sétima Disposición Final).

Fecha: 12 de Julio de 1995

En el gobierno del presidente Alberto Fujimori Fujimori



Ver Decreto Ley N° 19987

PDF Decreto Ley N° 19987

Ver Ley núm. 26497

PDF Ley núm. 26497

Forma parte de la relación de normas derogadas expresamente según el proyecto de ley núm. 3175/2008-CR (artículo 1°, inciso A)


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