Desde Montevideo (AFP)

Inédito fallo judicial en Uruguay impide a mujer culminar aborto

Una mujer uruguaya deberá suspender un proceso de aborto con ocho semanas de gestación del embarazo debido a un recurso interpuesto por su pareja, que pretende que tenga la criatura, según un fallo judicial inédito conocido el jueves.

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Un activista en contra del aborto despliega una pancarta frente a la sede del Congreso, el 27 de diciembre de 2011 en Montevideo - AFP/AFP/Archivos
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Una mujer uruguaya deberá suspender un proceso de aborto con ocho semanas de gestación del embarazo debido a un recurso interpuesto por su pareja, que pretende que tenga la criatura, según un fallo judicial inédito conocido el jueves.

La televisión y medios locales informaron que una jueza de la ciudad de Mercedes (departamento de Soriano, sur) resolvió que la mujer deberá suspender el proceso de interrupción voluntaria del embarazo debido a que el hombre con el cual gestó el bebé presentó un recurso de amparo para proteger "la vida del hijo en común".

Si bien la justicia entendió que la pareja no tenía unión formal y no exhibía las connotaciones del concubinato, aceptó el pedido de suspender el proceso abortivo porque el hombre quería asumir al hijo "independientemente de que la madre esté dispuesta a ejercer su rol" y que tenía condiciones económicas de hacerlo.

Federico Arregui, abogado del hombre, dijo que éste le había pedido sin éxito a la mujer que desistiera del aborto, por lo cual decidió apelar a la justicia: "El padre no solamente no quiere (la interrupción), sino que quiere hacerse cargo de ese niño", dijo.

El fallo judicial es inédito y sienta un precedente importante considerando que está vigente en Uruguay la ley 18.987, denominada Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y aprobada en 2012. Esta permite a las mujeres abortar legalmente si cumplen con una serie de requisitos formales en los hospitales.

La mujer tendrá plazo hasta este viernes para apelar la decisión de la jueza, que entre otros, se amparó en el pacto de San José de Costa Rica sobre derechos del niño y en la ley del aborto local.

La ley exige informar al médico responsable sobre las circunstancias relativas a la concepción, las condiciones sociales o problemas que justifican el procedimiento. La mujer no aportó la imprescindible historia clínica.

Según la jueza, es vital controlar esos requisitos "porque sino la ley sería un pase libre para que se aborten niños entre las primeras doce semanas, solo con pedirlo, y eso no es lo que dice la ley...".

Allegados a la mujer aseguraron que se apelará la decisión de la jueza.




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