Caerán multas a quienes no icen la Bandera Nacional en Fiestas Patrias

Los ciudadanos de Lima y Callao que no cumplan con izar la Bandera Nacional durante las Fiestas Patrias, serán sancionados con multas que van desde los 54 hasta los 1 800 nuevos soles, de acuerdo a la reglamentación de la Ley 8916, que estableció esa obligación.

18 de julio de 2011 » Archivo

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nota de prensa

Así lo recordó el  director del Instituto Peruano de  Administración Municipal (IPAM), Marco Tulio Gutiérrez,  quien señaló que la Bandera que debe izarse en los inmuebles particulares no debe tener el Escudo Nacional ni  ningún otro tipo de símbolo en cualquiera de sus tres fajas verticales, cuyo uso es exclusivo de las entidades estatales.

Sin embargo, Gutiérrez aclaró que las leyes vigentes  - Ley 8916 y su modificatoria 15253 – establecen la obligatoriedad del izamiento de la bandera solo los días 27, 28, 29 y 30 de julio y no como las municipalidades pretenden durante todo el mes y hasta el 15 de agosto como lo ha dispuesto la Municipalidad de Ate

La multa más baja para quienes incumplan la norma se paga en el Cercado del Callao que asciende a 54 soles y la más alta es de 1,800 y se aplica en San Juan de Lurigancho.


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