YUCA (MANDIOCA) DULCE

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Se aplica a las variedades comerciales dulces de raíces de yuca (mandioca) obtenidas de Manihot esculenta Crantz, de la familia Euphorbiaceae, que habrán de suministrarse frescas al consumidor, después de su acondicionamiento y envasado. Se excluye la yuca (mandioca) destinada a la elaboración industrial.


DePeru.com | Norma Técnica


Código NTP-CODEX STAN 238:2014
Fecha de Publicación 18/11/2014
Reemplaza a
ICS - Clasificación Internacional de Normas Técnicas 67.080.20 - Hortalizas y productos derivados
Descriptores Yuca, mandioca
Año 2014
Número de pagina 10
Aprobado por R. 112-2014/CNB-INDECOPI (2014-10-29)
Equivalencias CODEX STAN 238-2003 Enm. 3:2013 Norma del Codex para la yuca (mandioca) dulce
Sección Económica A - Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
División Económica 01 - Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicio conexa
Clase Económica 0113 - CULTIVO DE HORTALIZAS Y MELONES, RAÍCES Y TUBÉRCULOS.
Comité Arándanos y sus derivados
Sub comité

Título en inglés: Sweet Cassava. Requirements


YUCA (MANDIOCA) DULCE

Se aplica a las variedades comerciales dulces de raíces de yuca (mandioca) obtenidas de Manihot esculenta Crantz, de la familia Euphorbiaceae, que habrán de suministrarse frescas al consumidor, después de su acondicionamiento y envasado. Se excluye la yuca (mandioca) destinada a la elaboración industrial.


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