CONDUCTORES ELÉCTRICOS

Cables eléctricos de baja tensión, de tensión nominal inferior o igual a 450/750 V (UO/U) Parte 1: Requisitos generales 1a Edición.

La presente Norma Técnica Peruana establece los requisitos generales para los cables de energía rígidos y flexibles de tensión nominal UO/U inferior o igual a 450/750 V c.a., utilizados en instalaciones de energía eléctrica y con aplicaciones en equipos domésticos e industriales.


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Código NTP 370.266-1:2013 (revisada el 2018)
Fecha de Publicación 06/08/2018
Reemplaza a
ICS - Clasificación Internacional de Normas Técnicas 29.060.01 - Cables y alambres eléctricos en general
Descriptores Conductor eléctrico, cable eléctrico, baja tensión, requisito
Año 2018
Número de pagina 37
Aprobado por R.D. N° 019-2018-INACAL/DN. (2018-08-06)
Equivalencias
Sección Económica C - Industrias manufactureras
División Económica 27 - Fabricación de equipo eléctrico
Clase Económica 2732 - FABRICACIÓN DE OTROS HILOS Y CABLES ELÉCTRICOS
Comité Conductores eléctricos
Sub comité

Título en inglés: ELECTRIC CABLES. Low voltage energy cables of rated voltages up to and including 450/750 V (UO/U). Part 1: General requirements


CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables eléctricos de baja tensión, de tensión nominal inferior o igual a 450/750 V (UO/U). Parte 1: Requisitos generales. 1a Edición

La presente Norma Técnica Peruana establece los requisitos generales para los cables de energía rígidos y flexibles de tensión nominal UO/U inferior o igual a 450/750 V c.a., utilizados en instalaciones de energía eléctrica y con aplicaciones en equipos domésticos e industriales.


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