Cables eléctricos de baja tensión, de tensión nominal inferior o igual a 450/750 V (UO/U) Parte 1: Requisitos generales 1a Edición.
La presente Norma Técnica Peruana establece los requisitos generales para los cables de energía rígidos y flexibles de tensión nominal UO/U inferior o igual a 450/750 V c.a., utilizados en instalaciones de energía eléctrica y con aplicaciones en equipos domésticos e industriales.
DePeru.com | Norma Técnica
Código | NTP 370.266-1:2013 (revisada el 2018) |
Fecha de Publicación | 06/08/2018 |
Reemplaza a | |
ICS - Clasificación Internacional de Normas Técnicas | 29.060.01 - Cables y alambres eléctricos en general |
Descriptores | Conductor eléctrico, cable eléctrico, baja tensión, requisito |
Año | 2018 |
Número de pagina | 37 |
Aprobado por | R.D. N° 019-2018-INACAL/DN. (2018-08-06) |
Equivalencias | |
Sección Económica | C - Industrias manufactureras |
División Económica | 27 - Fabricación de equipo eléctrico |
Clase Económica | 2732 - FABRICACIÓN DE OTROS HILOS Y CABLES ELÉCTRICOS |
Comité | Conductores eléctricos |
Sub comité |
TÃtulo en inglés: ELECTRIC CABLES. Low voltage energy cables of rated voltages up to and including 450/750 V (UO/U). Part 1: General requirements
CONDUCTORES ELÉCTRICOS. Cables eléctricos de baja tensión, de tensión nominal inferior o igual a 450/750 V (UO/U). Parte 1: Requisitos generales. 1a Edición
La presente Norma Técnica Peruana establece los requisitos generales para los cables de energía rígidos y flexibles de tensión nominal UO/U inferior o igual a 450/750 V c.a., utilizados en instalaciones de energía eléctrica y con aplicaciones en equipos domésticos e industriales.