AGUAS SUBTERRÁNEAS

Pozo tubular Proyecto de pozo tubular para captación de agua subterránea 1a Edición.

Esta norma fija los requisitos exigidos para la elaboración de un proyecto de pozo tubular para la captación de agua subterránea. 1.2 Esta norma establece los procedimientos técnicos para el acceso seguro a los acuíferos, realizando la extracción del agua de forma eficiente y sustentable. 1.3 Esta norma se aplica a los casos de: a) Existe un estudio hidrogeológico, que permita la elaboración del proyecto de forma más completa; b) Estudios referenciales, tales como inventarios y prospección geofísica, que servirán para complementar la elaboración del estudio hidrogeológico; c) No existe estudio hidrogeológico: caso en que el proyecto debe ser parcialmente desarrollado a partir de conocimientos generales, y concluido después de investigaciones específicas o por información conseguida a través de la perforación de un pozo exploratorio.


DePeru.com | Norma Técnica


Código NTP 360.100:2017
Fecha de Publicación 03/01/2018
Reemplaza a
ICS - Clasificación Internacional de Normas Técnicas 93.025 - Sistemas de transporte de agua externo
Descriptores Agua subterránea, abastecimiento de agua, pozo tubular
Año 2017
Número de pagina 20
Aprobado por R.D. N° 057-2017-INACAL/DN. (2018-01-03)
Equivalencias
Sección Económica F - Construcción
División Económica 43 - Actividades especializadas de la construcción
Clase Económica 4390 - OTRAS ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS DE LA CONSTRUCCIÓN
Comité Especializado de Aguas Subterráneas
Sub comité

Título en inglés: Water well. Procedure for groundwater wells


AGUAS SUBTERRÁNEAS. Pozo tubular. Proyecto de pozo tubular para captación de agua subterránea. 1a Edición

Esta norma fija los requisitos exigidos para la elaboración de un proyecto de pozo tubular para la captación de agua subterránea. 1.2 Esta norma establece los procedimientos técnicos para el acceso seguro a los acuíferos, realizando la extracción del agua de forma eficiente y sustentable. 1.3 Esta norma se aplica a los casos de: a) Existe un estudio hidrogeológico, que permita la elaboración del proyecto de forma más completa; b) Estudios referenciales, tales como inventarios y prospección geofísica, que servirán para complementar la elaboración del estudio hidrogeológico; c) No existe estudio hidrogeológico: caso en que el proyecto debe ser parcialmente desarrollado a partir de conocimientos generales, y concluido después de investigaciones específicas o por información conseguida a través de la perforación de un pozo exploratorio.


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