Dispositivos de cubrimiento y de cierre para zonas de circulación utilizadas por peatones y vehículos Parte 2: Dispositivos de cubrimiento y de cierre de fundición 1a Edición.
Esta NTP es aplicable a los dispositivos de cubrimiento y de cierre de fundición de grafito laminar y/o fundición de grafito esferoidal tanto en combinación con hormigón como no, con una cota de paso de hasta e inclusive 1 000 mm para cubrir sumideros, pozos de registro y arquetas de inspección instalados en áreas sometidas a circulación peatonal y/o tráfico de vehículos. Es aplicable a dispositivos de cierre y de cubrimiento para uso en - áreas que sólo pueden utilizarse por peatones y ciclistas (al menos clase A15), - áreas peatonales y áreas similares, áreas de estacionamiento o aparcamientos de varias plantas para vehículos (al menos clase B 125), - el área de cunetas de los arcenes de carreteras que, cuando se miden desde el extremo del bordillo de la acera, se extienden un máximo de 0,5 m sobre la calzada y un máximo de 0,2 m sobre la acera (al menos clase C 250), - calzadas de carreteras (incluyendo las calles peatonales), arcenes estabilizados y áreas de aparcamiento, para todo tipo de vehículos (al menos clase D 400), - áreas por las que circulan vehículos de gran tonelaje, por ejemplo, muelles, pavimentos de aeropuertos (al menos clase E 600), - áreas por las que particularmente circulan vehículos de gran tonelaje, por ejemplo, pavimentos de aeropuertos (clase F 900). Esta NTP no es aplicable de forma aislada sino sólo en combinación con la norma NTP 339.701-1 y proporciona directrices para las combinaciones de tapas/rejillas fabricadas de fundición con marcos de acuerdo con las Normas EN 124-3, EN 124-4, EN 124-5 o EN 124-6. Esta NTP no es aplicable a: - rellenos de tapas instaladas in situ, por ejemplo, hormigón, bloques de pavimento, entre otros; - rejillas cóncavas para la clase D 400 instaladas en calzadas de carreteras o arcenes estabilizados y rejillas cóncavas para las clases F 900 y E 600; - rejillas/tapas como parte de canales de drenaje prefabricados de acuerdo con la Norma EN 1433; - sumideros de suelo y de tejado para edificios, tal como se especifican en la Norma EN 1253 (todas las partes); y - bocas de llave.
DePeru.com | Norma Técnica
Código | NTP 339.701-2:2017 |
Fecha de Publicación | 03/01/2018 |
Reemplaza a | |
ICS - Clasificación Internacional de Normas Técnicas | 93.080.30 - Equipos e instalaciones para carreteras |
Descriptores | Tapa, fundición, peatones, ensayos, grafito laminar, grafito esferoidal |
Año | 2017 |
Número de pagina | 47 |
Aprobado por | R.D. N° 057-2017-INACAL/DN. (2018-01-03) |
Equivalencias | |
Sección Económica | C - Industrias manufactureras |
División Económica | 25 - Fabricación de productos derivados del metal, excepto maquinaria y equipo |
Clase Económica | 2599 - FABRICACIÓN DE OTROS PRODUCTOS ELABORADOS DE METAL N.C.P. |
Comité | Saneamiento |
Sub comité | Productos industriales de fierro de saneamiento |
TÃtulo en inglés: Gully tops and manhole tops for vehicular and pedestrian areas.Part 2: Gully tops and manhole tops made of cast iron
FIERRO DE SANEAMIENTO. Dispositivos de cubrimiento y de cierre para zonas de circulación utilizadas por peatones y vehículos. Parte 2: Dispositivos de cubrimiento y de cierre de fundición. 1a Edición
Esta NTP es aplicable a los dispositivos de cubrimiento y de cierre de fundición de grafito laminar y/o fundición de grafito esferoidal tanto en combinación con hormigón como no, con una cota de paso de hasta e inclusive 1 000 mm para cubrir sumideros, pozos de registro y arquetas de inspección instalados en áreas sometidas a circulación peatonal y/o tráfico de vehículos. Es aplicable a dispositivos de cierre y de cubrimiento para uso en - áreas que sólo pueden utilizarse por peatones y ciclistas (al menos clase A15), - áreas peatonales y áreas similares, áreas de estacionamiento o aparcamientos de varias plantas para vehículos (al menos clase B 125), - el área de cunetas de los arcenes de carreteras que, cuando se miden desde el extremo del bordillo de la acera, se extienden un máximo de 0,5 m sobre la calzada y un máximo de 0,2 m sobre la acera (al menos clase C 250), - calzadas de carreteras (incluyendo las calles peatonales), arcenes estabilizados y áreas de aparcamiento, para todo tipo de vehículos (al menos clase D 400), - áreas por las que circulan vehículos de gran tonelaje, por ejemplo, muelles, pavimentos de aeropuertos (al menos clase E 600), - áreas por las que particularmente circulan vehículos de gran tonelaje, por ejemplo, pavimentos de aeropuertos (clase F 900). Esta NTP no es aplicable de forma aislada sino sólo en combinación con la norma NTP 339.701-1 y proporciona directrices para las combinaciones de tapas/rejillas fabricadas de fundición con marcos de acuerdo con las Normas EN 124-3, EN 124-4, EN 124-5 o EN 124-6. Esta NTP no es aplicable a: - rellenos de tapas instaladas in situ, por ejemplo, hormigón, bloques de pavimento, entre otros; - rejillas cóncavas para la clase D 400 instaladas en calzadas de carreteras o arcenes estabilizados y rejillas cóncavas para las clases F 900 y E 600; - rejillas/tapas como parte de canales de drenaje prefabricados de acuerdo con la Norma EN 1433; - sumideros de suelo y de tejado para edificios, tal como se especifican en la Norma EN 1253 (todas las partes); y - bocas de llave.