Tipo de Norma: Ley
Número: 9878
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09878LEY N 9878
Creando un Juzgado de Paz Letrado en
la ciudad de Moquegua.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
E] Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1—Créase en la ciudad de Moquegua, capital del Departamento del mismo nombre, un Juzgado de Paz Letrado.
Artículo 29—Autorízase al Poder E* ejecutivo para que consigne en el Presu puesto General de la República, para el año 1944, las partidas necesarias para ra instalación y funcionamiento.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.