Tipo de Norma: Ley
Número: 9858
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09858LEY N9 9858
Transferencia para habilitar la partida
N° 797 del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de 1943.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo ún>co.—Autorízase al Poder
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.