Ley Nº 9830

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Tipo de Norma: Ley

Número: 9830


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 09830

LEY N* 9830

Dando fuerza de ley a los Decretos Supremos de 20 de enero y 17 de junio de 1937, y haciendo extensivos sus bene-’ ficios a los maestros de instrucción primaria de las provincias de Bagua, Rodríguez de Mendoza y Jaén.

EL PRESIDENTE DE LA

REPUBLICA

El Congreso ha dado la ley siguiente:

FL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Dase fuerza de ley a los decretos supremos de 20 de enero

y de I 7 de junio del año 1937, haciéndose extensivos los beneficios que concede el artículo 39 del nrimern d/* di-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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