Tipo de Norma: Ley
Número: 9651
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09651LEY N9 9651
Destinando el terreno de propiedad fiscal llamado “Ladera del Común”, del pueblo de Yarabamba, distrito de Que-quena, Provincia de Arequipa, a la construcción de una escuela y de un campo de experimentación agro-pecuaria.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Destínase el terreno de propiedad fiscal llamado “Ladera del Común ”, situado en el pueblo de Yarabamba, del distrito de Quequeña de la provincia de Arequipa, a la construcción de un local para la Escuela de Varones N9 969 de Yarabamba; y a la de un campo ‘de experimentación agro-pe-
i
cuaria.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para promulgación.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los treinta y un dms del mes de octubre de mil novecientos cuarenta y dos.
I. A. Brandaríz, Presidente del Senado.
Gerardo Balbuena, Diputado Presidente.
C. A. Barreda, Senador Secretario.
Manuel 1. Cevallos Gálvez, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto: mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y dos.
Manuel PRADO.Pedro M. Oliveira.(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.