Tipo de Norma: Ley
Número: 9313
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09313BE SOLUCION LEGISLATIVA N 9313
Aprobando las transferencias de partidas y los créditos adicionales abiertos por el Poder Ejecutivo durante el receso de las Cámaras, en el período comprendido del 10 de mayo al 26 de julio de 1940.
Lima, 31 de enero de 1941.
Señor:
Lo comunicamos a usted, oara su conocimiento y demás fines.
Dios guarde a Ud.
E. Montagne. Presidente del Senado.
Carlos Sayón Alvarez, Presidente de la Cámara de Diputados
El Congreso, en vista del oficio del señor Ministro de Hacienda en el cual dá cuenta de las transferencias de partidas hechas y de los créditos adicionales abiertos por el Poder Ejecutivo durante el receso de las Cámaras Legislativas después de haberlos examinado y aprobado en cada Cámara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30’ de la Ley Orgánica de Presupuesto N9 4598; (1) y te'-niendo en consideración que, unos y otros, han sido realizados con sujeción a las disposiciones legales pertinentes; Ha resuelto: prestar su aquiescencia a la gestión ministerial referida y declarar la conformidad de las operaciones presupuéstales
E. Silva y Elguera, Senador Secretario.
Fernando Luis Castro Agusti, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Lima, 13 de febrero de 1941.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, pu-blíquese y archívese,
MANUEL PRADO.
David Dasso.
ejecutadas durante el período comprendido del 10 de mayo al 26 de julio de 1940.
(1).—Ley N< 4598.—Ley Orgánica del Presupuesto General de la República.— Anuario de la Legislación Peruana.— Tomo XVII.—Pág. 49.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.