Ley Nº 9306

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Número: 9306


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 09306

LEY N* 9306

Autorizando una transferencia para ha* bilitar la partida N9 342 del Pliego de Educación Pública del Presupuesto General de 1940.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Articulo único.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar lá siguiente transferencia de partidas dentro del Pliego de Educación del Presupuesto Genera] de 1940:

De la partida N9 289, Capítulo VI, a la N* 342, Capítulo XVI, cuarentiun mil soles oro (S/o. 41,000.00).

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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