Ley Nº 9089

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Número: 9089


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 09089

LEY X* 908Í1

Disponiendo que el Ministerio de Fomento mande realizar estudios del rio Montero y de sus efluentes, pare conocer su energía hidráulica aprovechable y tas posibilidades de irrigación de los valles de Jauja y Huancayo.

EL PRESIDENTE DE DA REPUBLICA

Por en auto:

El Congreso lia dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

PERUANA

Ha dado la ley sonriente:

Artículo Io.—El Ministerio de Fomento procederá & mandar realiear loe eatu-dios del río Mantaro y de su» afluentes; a fin de conocer la energía hidráulica aprovechable que ofrezcan, y las posibilidades de irrigación de los valles de Jauja

y Huancayo.

Artículo 2*—Terminados los estudio» referidos mandará proyectar las obra» que sean necesarias y sean factibles, en

nnA rio rírua



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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