Ley Nº 894

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 894

Tipo de Norma: Ley

Número: 894


Visualización de la norma: Ley 894



Descargar Ley 894 en PDF -

documento PDF

 00894

Res. Leg. N.° 894

Permiso á doña Margarita Bemal

Lima, de octubre de 1908.

Excmo. señor:

El Congreso, accediendo á la solicitud de la pensionista del Estado, doña Margarita Bernal, ha resuelto prorrogarle por dos años, el permiso que tiene concedido por el Poder Ejecutivo, para que pueda residir en el extranjero.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Agustín G. Ganoza, Presidente del Senado.—Juan Pardo, Diputado Presidente. —José Manuel García, Senador Secretario — Mario Sosa, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 4 de diciembre de 1908.

Cúmplase, comuniqúese, publíquese y archívese. —Rúbrica de S.E. —Romero.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos