Tipo de Norma: Ley
Número: 8412
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08412ltes. Leg. Nq 8412
Cancediendo pensión de montepío a doña Cío-rinda y Teófila Manrique.
Lima, 2 de julio de 1936.
Señor:
El Congreso Constituyente de 1931, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1209 de la Constitución del Estado,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.