Tipo de Norma: Ley
Número: 8397
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08397Ees. Leg. 8397
Concediendo pensión a doña María Victoria y Felicita Reyna Alcalá.
Lima, 2 Je julio Je 1930.
Señor:
El Congreso Constituyente Je 1931, en vista Je la iniciativa del Poder Ejecutivo y de conformidad con lo dispuesto en ci artículo 1209 de la Constitución del Estado, lu» rnftunlto conceder a dona Mana Victoria
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.